El canje de deuda con privados con ley extranjera. Un balance preliminar del principio de acuerdo

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El principio de acuerdo sobre la restructuración de la deuda bajo ley extranjera que anunció el gobierno es un buen paso para la resolución de la pesada herencia que dejó la segunda variante de la valorización financiera desplegada por el gobierno de Cambiemos. Básicamente, una economía en bancarrota, con una carga insostenible de endeudamiento externo que en los hechos ya había llevado a un nuevo episodio de cesación de pagos durante el gobierno anterior. Si bien los resultados de la negociación actual distan de la quita alcanzada en el gobierno de Néstor Kirchner (donde se consumó una de las reestructuraciones más exitosas de la historia moderna que implicó una quita del 46%), en un breve lapso de tiempo se arribó a un acuerdo relevante y de suma importancia en el crítico contexto actual. Al respecto, cabe aclarar que la evaluación del mismo reviste ciertas complejidades ya que los acreedores pueden optar por diversas combinaciones de bonos. No obstante, es posible realizar una estimación preliminar si se parte de la hipótesis –bastante factible por cierto– de que haya una preferencia por los bonos de corto plazo. Así, el acuerdo alcanzado implicaría que de los vencimientos totales (de capital e intereses) que alcanzaban a 127.296 millones de dólares, la Argentina pagaría 89.454 millones. Es decir, una quita nominal de 30%.